GUERRERO & GERENA S.A.S.

Tutela contra EPS en Duitama y Boyacá

Si su EPS le niega o demora un medicamento, un procedimiento o un tratamiento, la acción de tutela es el camino rápido para proteger su derecho a la salud.

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Casos que atendemos

Cómo funciona la tutela

La tutela es una acción constitucional (artículo 86 de la Constitución Política) para proteger derechos fundamentales como la salud y la vida digna. El juez debe decidir en un término máximo de diez días. Nosotros revisamos su orden médica y la respuesta de la EPS, redactamos la tutela con las pruebas adecuadas, la radicamos de forma digital y hacemos seguimiento hasta que la EPS cumpla.

Oficina: Calle 15 # 16-25, C.C. La Calleja, Oficina 307, Duitama, Boyacá.
WhatsApp: 310 478 8537 · Correo: contacto@abogadosguerrerogerena.com
Atención presencial y virtual.

Preguntas frecuentes

¿Qué necesito para poner una tutela contra la EPS?

Por lo general: la orden o fórmula del médico tratante, la historia clínica, la negación o la falta de respuesta de la EPS y su documento de identidad.

¿Cuánto se demora el juez en decidir?

La ley establece que el juez debe fallar dentro de los diez días siguientes a la presentación de la tutela.

¿Qué pasa si la EPS no cumple el fallo?

Se puede promover un incidente de desacato, que puede terminar en sanciones para el responsable del incumplimiento.

¿Atienden tutelas de otros municipios?

Sí. Atendemos en todo Boyacá y radicamos de forma digital en cualquier parte de Colombia.

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La información de esta página es general y no reemplaza una asesoría sobre su caso concreto.

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